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viernes, 14 de octubre de 2022cermi.es semanal Nº 499

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"4,32 millones de personas con discapacidad,
más de 8.000 asociaciones luchando por sus derechos"

Aquí nos discriminan

CERMI urge a Trabajo a eliminar los aspectos del Convenio Taurino que regulan la figura del 'torero cómico'

07/10/2022

El CERMI ha pedido al Ministerio de Trabajo y Economía Social que cancele los aspectos discriminatorios por discapacidad que se incluyen en el Convenio Colectivo Taurino y que regulan la figura del 'toreo cómico'.

Trabajo cancele aspectos discriminatoriosA su juicio, las normas que se incluyen en este texto son "contrarias los derechos de las personas con discapacidad" porque determina que "la condición física del enanismo es sinónimo de cómico", es decir, que todo "torero pequeño" es cómico, "no por sus habilidades interpretativas o artísticas, sino por su discapacidad".
 
La plataforma de la discapacidad lo ha reclamado a través de un escrito oficial en el que, además, llama a que esta modificación se promueva "con celeridad", con el objetivo de "impedir los espectáculos supuestamente cómicos que se sirven de personas con discapacidad". "La dignidad es inherente a todo ser humano y esta debe estar protegida por el Estado español", ha explicado la entidad.
 

LUCHANDO POR LA PROHIBICIÓN

 
CERMI ha explicado que está trabajando para que se prohíban definitivamente este tipo de espectáculos en consonancia con lo que reclaman las organizaciones de defensa de los derechos de las personas con acondroplasia y otras displasias esqueléticas con enanismo, como ADEE España y la Fundación ALPE Acondroplasia.
 
"Desde luego, espectáculos que consistente en la burla y la mofa de aquel que es diferente flaco favor hacen a la lucha contra los estereotipos y otro tipo de prácticas tan nocivas hacia las personas con discapacidad", explica el CERMI.
 
La entidad rechaza el discurso que ampara la participación de personas con discapacidad en estos pretendidos festejos como "libre desarrollo de una actividad laboral" y al "derecho a poder elegir profesión u oficio".
 
En este sentido, CERMI advierte de que "únicamente las actividades laborales que respetan la Ley y no atentan contra valores y derechos superiores pueden ejercerse libremente".
 
Fuente: Europa Press.
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